MATRIMONIO POR PODERES EN ESPAÑA

El matrimonio por poderes se usa generalmente para poder contraer matrimonio entre español y extranjero al que por diferentes motivos no ha podido serle concedido un visado para venir o no se encuentra en España.

Así de esta manera podrán casarse gracias a un poder notarial que sustituye la presencia física del miembro de la pareja que se encuentra en otro país.

CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO POR PODERES

Los documentos necesarios para comenzar con el expediente matrimonial son los siguientes:

  • Impreso de solicitud para contraer matrimonio.
  • Pasaporte del cónyuge extranjero.
  • El certificado de empadronamiento o de residencia.
  • La partida literal de nacimiento.
  • Documento de si con arreglo a las leyes de su país es necesaria, o no, la publicación de edictos.
  • El certificado de capacidad matrimonial o Acta de Soltería.

Además de estos documentos, necesitará un Poder Notarial, debidamente legalizado o apostillado y, en su caso, traducido por traductor jurado.

En este poder debe especificarse que se autoriza a una persona en España para que pueda iniciar el expediente de matrimonio, recibir notificaciones y prestar el consentimiento matrimonial.

Por medio de este poder notarial, redactado en forma de escritura pública, se lleva a cabo el otorgamiento de un poder especial que el contrayente no presencial debe otorgar en favor de la persona que le vaya a representar en el momento de celebración del matrimonio. El poder puede ser otorgado ante Notario o ante Cónsul o Representante Consular del país de origen, y debe incorporarse en original al expediente matrimonial.

También deberá facilitar a los funcionarios del Registro Civil, la dirección del Consulado o Embajada más cercana al domicilio de la persona que está en el extranjero.

Todos los documentos extranjeros deberán estar debidamente legalizados, apostillados y traducidos de ser el caso..

Iniciado el expediente en el Registro Civil se envía el exhorto al Consulado Español más cercano al domicilio del contrayente extranjero, donde éste deberá hacer una comparecencia reservada prestando su consentimiento.

Una vez revisada toda la documentación y el debido cumplimiento de los requisitos exigidos,  se señalará la fecha para el matrimonio y éste se celebrará.

Una vez celebrado el matrimonio, este se inscribe directamente en el Registro Civil español y podréis obtener el Certificado de matrimonio.

A partir de ese momento ya es posible iniciar los trámites de llegada y regularización del cónyuge extranjero.

Recuerda que desde nuestro despacho de abogados podemos orientarte con la documentación y procedimientos necesarios para que la tramites.

Sólo tienes que solicitarnos una cita previa y si lo deseas, te guiaremos en todo el proceso.

Mucha suerte!

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